Obligación del contratista de ejecutar el contrato con el personal ofertado.
- Documento
- Opinión N° 012-2025/OSCE-DTN
- Fecha
- 20/02/2025
- Emitida por
- Dirección Técnico Normativa del OSCE
- Consultante
- Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – Provias Descentralizado
- Marco normativo
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento (régimen anterior)
Resumen
La Dirección Técnico Normativa del OSCE emitió esta opinión el 20/02/2025, en respuesta a la consulta formulada por Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – Provias Descentralizado, sobre obligación del contratista de ejecutar el contrato con el personal ofertado. Las opiniones del ente rector orientan la interpretación de la normativa de contrataciones públicas y suelen citarse en consultas, apelaciones y arbitrajes.
Por qué es relevante
Cómo se acredita la experiencia, qué se puede subsanar y cómo se evalúan las ofertas: claves para no quedar descalificado.
Documento oficial
Descargue el texto completo publicado por el Estado peruano en la plataforma gob.pe.
