Opiniones OSCE y OECE

Opinión N° 021-2025/OECE-DTN

Contrataciones complementarias

Por Equipo Contrataciones Públicas Perú · Actualizado el 4 de agosto de 2025 · 1 min de lectura

Alcance de la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.

Documento
Opinión N° 021-2025/OECE-DTN
Fecha
04/08/2025
Emitida por
Dirección Técnico Normativa del OECE
Consultante
Programa Nacional de Infraestructura Educativa- PRONIED
Marco normativo
Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento

Resumen

La Dirección Técnico Normativa del OECE emitió esta opinión el 04/08/2025, en respuesta a la consulta formulada por Programa Nacional de Infraestructura Educativa- PRONIED, sobre alcance de la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento. Las opiniones del ente rector orientan la interpretación de la normativa de contrataciones públicas y suelen citarse en consultas, apelaciones y arbitrajes.

Por qué es relevante

Requisitos y límites para las contrataciones complementarias y la continuidad de prestaciones pendientes.

Documento oficial

Descargue el texto completo publicado por el Estado peruano en la plataforma gob.pe.

2025

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