Obligatoriedad de las opiniones que emite el OSCE.
- Documento
- Opinión N° 120-2023/DTN
- Fecha
- 01/12/2023
- Emitida por
- Dirección Técnico Normativa del OSCE
- Consultante
- Electrocentro S.A.
- Marco normativo
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento (régimen anterior)
Resumen
La Dirección Técnico Normativa del OSCE emitió esta opinión el 01/12/2023, en respuesta a la consulta formulada por Electrocentro S.A., sobre obligatoriedad de las opiniones que emite el OSCE. Las opiniones del ente rector orientan la interpretación de la normativa de contrataciones públicas y suelen citarse en consultas, apelaciones y arbitrajes.
Por qué es relevante
Ámbito de aplicación de la norma, supuestos excluidos, actores de la contratación (comité, compradores públicos, oficial de compra) y aplicación de la norma en el tiempo.
Esta opinión fue emitida bajo el régimen anterior (Ley N° 30225). Verifique si su criterio sigue siendo aplicable con la Ley N° 32069 antes de usarlo en un caso concreto.
Documento oficial
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