Opiniones OSCE y OECE

Opinión N° 124-2023/DTN

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Por Equipo Contrataciones Públicas Perú · Actualizado el 6 de diciembre de 2023 · 1 min de lectura

Determinación del valor referencial en un contrato de obra.

Documento
Opinión N° 124-2023/DTN
Fecha
06/12/2023
Emitida por
Dirección Técnico Normativa del OSCE
Consultante
Programa Agua Segura para Lima y Callao
Marco normativo
Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento (régimen anterior)

Resumen

La Dirección Técnico Normativa del OSCE emitió esta opinión el 06/12/2023, en respuesta a la consulta formulada por Programa Agua Segura para Lima y Callao, sobre determinación del valor referencial en un contrato de obra. Las opiniones del ente rector orientan la interpretación de la normativa de contrataciones públicas y suelen citarse en consultas, apelaciones y arbitrajes.

Por qué es relevante

Criterios sobre el tipo de procedimiento aplicable, contrataciones directas o no competitivas, emergencias y estrategias de contratación.

Esta opinión fue emitida bajo el régimen anterior (Ley N° 30225). Verifique si su criterio sigue siendo aplicable con la Ley N° 32069 antes de usarlo en un caso concreto.

Documento oficial

Descargue el texto completo publicado por el Estado peruano en la plataforma gob.pe.

2023

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