Aplicación de los impedimentos contenidos en el artículo 11 de la ley de contrataciones del estado en el marco de los regímenes especiales de contratación.
- Documento
- Opinión N° 125-2023/DTN
- Fecha
- 12/12/2023
- Emitida por
- Dirección Técnico Normativa del OSCE
- Consultante
- Adriano Ungaro Denegri
- Marco normativo
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento (régimen anterior)
Resumen
La Dirección Técnico Normativa del OSCE emitió esta opinión el 12/12/2023, en respuesta a la consulta formulada por Adriano Ungaro Denegri, sobre aplicación de los impedimentos contenidos en el artículo 11 de la ley de contrataciones del estado en el marco de los regímenes especiales de contratación. Las opiniones del ente rector orientan la interpretación de la normativa de contrataciones públicas y suelen citarse en consultas, apelaciones y arbitrajes.
Por qué es relevante
Estar impedido para contratar con el Estado puede anular una oferta o un contrato. Aquí se precisa el alcance de los impedimentos y sus excepciones.
Documento oficial
Descargue el texto completo publicado por el Estado peruano en la plataforma gob.pe.
