Alcance del término retraso en los contratos de ejecución de obra.
- Documento
- Opinión N° 006-2024/DTN
- Fecha
- 29/01/2024
- Emitida por
- Dirección Técnico Normativa del OSCE
- Consultante
- Gobierno Regional de Tacna
- Marco normativo
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento (régimen anterior)
Resumen
La Dirección Técnico Normativa del OSCE emitió esta opinión el 29/01/2024, en respuesta a la consulta formulada por Gobierno Regional de Tacna, sobre alcance del término retraso en los contratos de ejecución de obra. Las opiniones del ente rector orientan la interpretación de la normativa de contrataciones públicas y suelen citarse en consultas, apelaciones y arbitrajes.
Por qué es relevante
La ampliación de plazo es la principal defensa frente a la penalidad por mora. Aquí se aclaran causales, procedimiento, plazos para solicitarla y sus efectos económicos.
Esta opinión fue emitida bajo el régimen anterior (Ley N° 30225). Verifique si su criterio sigue siendo aplicable con la Ley N° 32069 antes de usarlo en un caso concreto.
Documento oficial
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